Las personas con discapacidad podrán acceder gratuitamente al Museo del Prado
El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi) ha destacado que esta misma exención se aplicará a los asistentes personales, es decir, a los acompañantes que necesiten las personas con discapacidad por razón de su discapacidad.
A estos efectos, tendrán la consideración de personas con discapacidad, las incluidas en el artículo 1.2 de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.
La acreditación de la condición de miembros de alguno de estos colectivos exentos habrá de hacerse mediante la presentación en taquilla del documento oficial correspondiente - certificado de grado de discapacidad-, válido y actualizado, en cada caso. Con esta decisión, el Ministerio de Cultura atiende una petición del Cermi para fomentar el acceso a los bienes culturales entre las personas con discapacidad.
Fuente: La Crónica Social





