El BOE on line tendrá carácter oficial y será accesible
Aunque desde hace algunos años el contenido del ejemplar diario puede verse en la página web de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, esa difusión se efectuaba solamente a efectos informativos, al carecer del carácter oficial que sólo tenía la edición impresa en papel.
Cumpliendo con la Ley de 22 de junio de 2007, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, a partir del 1 de enero de 2009 existirá, por lo tanto, una edición electrónica del BOE con los mismos efectos que la edición impresa en papel, es decir, con carácter oficial y auténtico. Dicha edición electrónica será accesible a través de la página web de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
El Real Decreto hoy aprobado establece las garantías y condiciones que han de hacer posible la edición electrónica del Boletín, mediante dispositivos de seguridad como la firma electrónica; proclama el principio de acceso universal y gratuito para todos los ciudadanos, bien desde el ordenador propio, bien a través de los terminales informáticos que estarán disponibles en las oficinas de atención al ciudadano de la Administración General del Estado; y asegura las condiciones de accesibilidad necesarias para la consulta del Boletín por personas con discapacidad o edad avanzada.
A partir de ahora, por lo tanto, la forma normal de publicación de las leyes en el BOE será la edición electrónica. No obstante, la edición impresa en papel se mantendrá, tanto por razones de seguridad de la publicación, como de conservación y custodia.
La nueva regulación afecta también a los procedimientos internos de tramitación de documentos para su publicación en el Boletín. En este ámbito, se han modernizado y puesto al día las normas de procedimiento, introduciendo, como supuestos normales de trabajo, el documento electrónico, su tramitación telemática y la firma electrónica como dispositivo general de seguridad y autenticidad.
Fuente: Xornal.com
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